Nacionalidad española por residencia
La nacionalidad española por residencia es el paso definitivo para quien se ha asentado en España: te permite votar en todas las elecciones, acceder a más empleos públicos y viajar con pasaporte español. Exige un periodo de residencia legal y continuada, buena conducta cívica e integración en la sociedad española, que se acredita con los exámenes CCSE y DELE A2 del Instituto Cervantes.
Es un expediente de papel exigente: la mayoría de los documentos vienen de tu país de origen, y un error en un nombre, una fecha o una legalización puede retrasar la resolución durante meses. Conviene pedir los certificados en el orden correcto, apostillarlos y traducirlos con un traductor jurado desde el principio.
Tu país no tiene plazo reducido. Reúnes nacimiento y antecedentes penales, los apostillas, los traduces y reservas el examen CCSE y el DELE A2.
Con un año de matrimonio y de residencia puedes pedirla. Si os casasteis en España, basta el certificado del Registro Civil español: no se apostilla ni se traduce. Si el matrimonio fue en otro país, añade ese certificado apostillado y traducido.
Los pediste hace meses mientras reunías papeles. Pídelos de nuevo y apostíllalos justo antes de presentar el expediente.
Ejemplos orientativos: cada caso es distinto. Confirma los requisitos con el organismo competente.
- Años de residencia legal: normalmente 10. Son 2 para iberoamericanos, andorranos, filipinos, ecuatoguineanos, portugueses y sefardíes; 5 para refugiados; 1 si estás casado con español/a o naciste en España.
Elige tu país
Cada país emite documentos con nombres y requisitos distintos. Elige el tuyo para ver tu checklist: qué documentos reunir, cuáles se apostillan y cuáles se traducen.
Documentos que suelen pedirse
- Pasaporte completo en vigor. Copia de todas las páginas.
- Tarjeta de residencia (TIE). Emitida en España.
- Certificado de nacimiento. Literal, con los datos de los padres.
- Certificado de antecedentes penales de tu país. Y de otros países donde hayas vivido de adulto. Suele exigirse reciente y caduca pronto.
- Certificado de matrimonio. Solo si estás casado o has estado casado. Si el matrimonio se celebró en España, es el certificado del Registro Civil español: no se apostilla ni se traduce.
- Certificados de nacimiento de hijos menores. Solo si procede. Si nacieron en España, es un certificado del Registro Civil español: no se apostilla ni se traduce.
- Resultados CCSE y DELE A2. Instituto Cervantes. Se presentan tal cual.
- Pide primero los antecedentes penales: es lo que más tarda y lo primero que caduca.
- El nombre debe coincidir letra por letra con el pasaporte. Si cambia la transcripción, avísalo al traductor.
Cómo se tramita, paso a paso
- Comprueba que cumples el plazo de residencia legal y continuada que te corresponde.
- Reserva y aprueba el examen CCSE y el DELE A2 en el Instituto Cervantes.
- Pide los documentos de tu país: nacimiento y antecedentes penales. Si te casaste fuera de España, también el de matrimonio; si fue en España, se pide al Registro Civil español y no se apostilla ni se traduce.
- Apostilla los documentos y tradúcelos con traductor jurado.
- Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Justicia y espera la resolución.
Errores que conviene evitar
- Dejar caducar los antecedentes penales mientras reúnes el expediente.
- Traducir un extracto en lugar de la copia íntegra del acta de nacimiento.
- Presentar el nombre escrito de forma distinta en cada documento.
- Apostillar la traducción en lugar del documento original.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda la nacionalidad española por residencia?
Depende de la carga de trabajo del Ministerio de Justicia y varía cada año. Lo que sí controlas es presentar el expediente completo: los documentos incompletos son una causa frecuente de retrasos.
¿Hay que traducir todos los documentos?
Se traducen los que no estén en castellano, como nacimiento, antecedentes penales y matrimonio. Deben apostillarse antes de la traducción. Los documentos emitidos en España, como un certificado de matrimonio del Registro Civil español, no se apostillan ni se traducen.
¿Qué es una traducción jurada?
Es una traducción con validez oficial, firmada y sellada por un traductor jurado. Es la que piden los organismos públicos, los consulados y las universidades cuando un documento no está en castellano.
¿Quién puede hacer una traducción jurada en España?
Solo un traductor-intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Una traducción de un traductor no jurado o una traducción automática no tienen validez oficial.
¿Hay que apostillar la traducción jurada?
No. Lo que se apostilla es el documento original, antes de traducirlo. La apostilla se traduce junto con el documento.
¿Cómo puedo recibir la traducción jurada?
En formato digital o en papel, según lo que acepte el organismo ante el que la vas a presentar. Pregúntales qué versión admiten.
¿Cuánto cuesta una traducción jurada?
Depende del idioma, del tipo de documento y de su extensión. Envíanos tu documento por WhatsApp o por email y te respondemos en menos de una hora con el coste y el plazo.
Guías y herramientas relacionadas
Averigua desde qué fecha puedes solicitar la nacionalidad española por residencia según tu situación.
Caducidad de certificados para trámites de extranjeríaCalcula cuándo caduca un certificado, como antecedentes penales o estado civil, para presentarlo a tiempo.
Glosario de extranjeríaApostilla, TIE, CCSE y otros términos.
Apostilla de La HayaQué es y en qué orden hacerla.
Certificado de nacimientoCómo se legaliza y se traduce.
Certificado de empadronamientoCómo se legaliza y se traduce.
Certificado de matrimonioCómo se legaliza y se traduce.
Documentos de adopción internacionalCómo se legaliza y se traduce.
Libro de familiaCómo se legaliza y se traduce.
Certificado de antecedentes penalesCómo se legaliza y se traduce.
Poderes notarialesCómo se legaliza y se traduce.
Información orientativa basada en los requisitos habituales. Los organismos pueden pedir documentos adicionales o cambiar plazos: confirma siempre la lista final en la sede oficial de tu trámite.