El arraigo es la vía para regularizar tu situación después de un tiempo de permanencia en España. Tras la reforma del Reglamento de Extranjería, que entró en vigor en 2025, existen varias modalidades, entre ellas el arraigo social, el sociolaboral, el sociofamiliar y el socioformativo, y la mayoría piden un periodo mínimo de dos años de permanencia. Cada modalidad tiene sus propias pruebas.
Documentos españoles: no se traducen
Gran parte de lo que se aporta lo emite una administración española y no necesita ni apostilla ni traducción: el empadronamiento histórico, el informe de arraigo del ayuntamiento o de la comunidad autónoma, los contratos de trabajo en España, las matrículas en centros españoles o los informes de vida laboral.
Documentos extranjeros: apostilla y traducción
- Antecedentes penales del país de origen y, en su caso, de los países donde has residido en los últimos años. Es el documento que más veces se traduce. Pídelo reciente, apostíllalo o legalízalo y tradúcelo con traducción jurada.
- Documentos de vínculo familiar en el arraigo sociofamiliar: certificado de nacimiento, de matrimonio o de filiación, con apostilla y traducción.
- Estudios previos en el arraigo socioformativo, si hay que acreditar estudios cursados en el extranjero.
- Pasaporte en vigor. No se traduce.
Los plazos importan
Los antecedentes penales suelen exigirse recientes, y el trámite de apostilla en origen puede tardar semanas. Si pides los documentos demasiado pronto, pueden caducar antes de presentar la solicitud. Si los pides demasiado tarde, retrasas el expediente. Lo prudente es calcular el orden: primero la cita o el plazo de presentación, después los antecedentes, y la traducción cuando el documento ya esté apostillado.
Comprueba tu caso por país
La forma de apostillar o legalizar depende del país emisor. En nuestro asistente eliges tu país y ves la lista de documentos y cuáles necesitan apostilla o legalización:
- Asistente de trámites: arraigo
- Guía de arraigo
- Arraigo desde Marruecos (con una página por cada país principal)
Consejo final
Las modalidades y las pruebas exigidas pueden variar, y cada expediente es distinto. Si tienes dudas sobre cuál te corresponde, consúltalo con un abogado de extranjería. Nosotros nos ocupamos de que tus documentos extranjeros lleguen apostillados, traducidos y a tiempo.
Preguntas frecuentes
¿Los antecedentes penales de otro país tienen que ser recientes?
Normalmente sí. Muchos organismos piden que se hayan emitido en los últimos tres meses, aunque lo fija cada procedimiento.
¿Se traduce el empadronamiento?
No. Es un documento español y no necesita apostilla ni traducción.
¿Puedo pedir la traducción antes de apostillar?
No es lo recomendable: la traducción debe incluir la apostilla. Apostilla primero, traducción después.
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