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Traducción jurada de certificados plurilingües de la UE

Formularios estándar de nacimiento, matrimonio, defunción y otros actos del Registro Civil que circulan entre países de la Unión Europea.

El certificado plurilingüe es un formulario estándar, idéntico en todos los Estados miembros, que acompaña a determinados documentos del Registro Civil y recoge sus datos esenciales en varios idiomas a la vez. Lo regula el Reglamento (UE) 2016/1191, de 6 de julio de 2016, aplicable desde el 16 de febrero de 2019, cuyo objetivo es simplificar la circulación de documentos públicos entre países de la Unión.

Su gran ventaja es que, cuando el organismo de destino lo acepta, puede evitar la traducción del documento. Pero no siempre basta, y ahí es donde interviene la traducción jurada.

¿Qué documentos tienen formulario plurilingüe?

Según el anexo del Reglamento, existen formularios estándar para estos actos:

  • Nacimiento.
  • Fe de vida (que una persona está viva).
  • Defunción.
  • Matrimonio.
  • Capacidad matrimonial (certificado de soltería o estado civil).
  • Unión registrada y capacidad para formalizarla.
  • Estado de una unión registrada.

¿Cuándo hay que traducirlo igualmente?

El formulario ayuda a entender el documento, pero no lo sustituye en todos los casos. Conviene encargar la traducción jurada cuando:

  • El organismo no acepta el formulario o exige siempre una traducción oficial, algo que ocurre en algunos registros, notarías y consulados.
  • El documento incluye anotaciones marginales, menciones registrales o datos que el formulario no recoge. La autoridad puede pedir entonces la traducción del documento principal.
  • El país de destino no pertenece a la Unión Europea. El Reglamento solo opera entre Estados miembros.
  • El documento no es uno de los previstos. Títulos, sentencias, certificados de residencia o antecedentes penales no tienen formulario plurilingüe.

Apostilla y legalización entre países de la UE

Para las materias que cubre, entre ellas nacimiento, matrimonio, defunción, nacionalidad, domicilio o residencia y ausencia de antecedentes penales, el Reglamento suprime la apostilla y la legalización de los documentos públicos expedidos en un Estado miembro y presentados en otro. Eso elimina un trámite, no la traducción: si el organismo la exige, debe hacerla un traductor jurado. En caso de duda razonable sobre la autenticidad, la autoridad puede pedir confirmación al país emisor.

Qué traducimos

Traducimos el documento principal con todos sus sellos, anotaciones marginales y datos registrales, y también el formulario plurilingüe cuando el organismo lo pide. El traductor jurado firma y sella la traducción para que tenga plena validez ante el organismo que la solicita.

Cómo pedir la traducción de tu certificado plurilingüe

  1. Envíanos una copia escaneada o fotografías legibles de todas las páginas, por WhatsApp o correo electrónico.
  2. Recibe presupuesto cerrado y plazo de entrega en menos de una hora, sin compromiso.
  3. Confirma el encargo y paga online por transferencia, Bizum, PayPal o Revolut.
  4. Un traductor jurado nombrado por el MAEC traduce, firma y sella tu certificado plurilingüe.
  5. Recibe tu traducción jurada en PDF con firma electrónica del traductor jurado. Si quieres también copia física, la enviamos por mensajería nacional o internacional.

Consejos antes de encargar la traducción

  • Si el documento lo emite el Registro Civil español y lo vas a presentar en otro país de la UE, pide el certificado plurilingüe al solicitarlo.
  • Envíanos el documento principal y el formulario juntos, con todas las páginas.
  • Dinos qué organismo y qué país lo van a recibir: así sabemos si necesita traducción completa o solo de partes concretas.
  • No recortes anotaciones ni sellos al escanear: pueden ser lo que el organismo quiere ver traducido.

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Preguntas frecuentes

¿El certificado plurilingüe sustituye a la traducción jurada?

No siempre. Si el organismo acepta el formulario y este recoge todos los datos necesarios, no hace falta traducir. Si no, o si el documento tiene anotaciones que el formulario no incluye, puede exigirse la traducción. Lo más seguro es preguntar al organismo antes de decidir.

¿Sirve para presentar documentos fuera de la UE?

No. El Reglamento solo se aplica entre Estados miembros. Para países de fuera de la UE lo habitual es apostilla o legalización más traducción jurada.

¿Necesita apostilla?

Entre Estados miembros y para las materias cubiertas por el Reglamento, no. Si el documento es de otro tipo o el país de destino no es de la UE, puede ser necesaria.

¿Cuánto cuesta la traducción?

Desde 35 € + IVA por documento. Te damos un presupuesto cerrado en menos de una hora.

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