Cómo legalizar una traducción jurada. Apostilla, firma, legalización consular y MAEC
En España basta con el sello del traductor jurado. Pero cuando una traducción jurada debe surtir efectos fuera del país, los organismos exigen garantías extra. Aquí aprendes qué es legalizar, qué tipos hay, en qué orden se hace y dónde acudir.
Última actualización: octubre de 2026
¿Qué es legalizar una traducción jurada?
Legalizar es certificar la autenticidad y la legitimidad de un documento para que lo reconozca un organismo extranjero. Deben legalizarse todos los documentos extranjeros que se presentan en España y todos los documentos españoles que se presentan en el extranjero.
La firma y el sello del traductor jurado dan fe de que la traducción es fiel. Pero ¿quién garantiza que el documento original es auténtico? ¿Y quién garantiza que quien firma como traductor jurado lo es de verdad? De eso se ocupan las legalizaciones.
Los dos tipos de legalización
Según el país de emisión y el de destino hay dos vías, aunque el término «legalizar» suele confundirse con otros trámites:
- Legalización abreviada o apostilla de La Haya. Trámite simplificado, válido entre países del Convenio de La Haya de 1961. Legaliza el documento original y la autoridad de quien lo firma. Es la más habitual, rápida y barata.
- Legalización diplomática o consular. Si el país emisor o el de destino no pertenecen al Convenio, hay que pasar por la embajada o el consulado, un proceso más largo y tedioso. Primero se legaliza el documento original en la embajada o el consulado del país emisor. Después de traducirlo, si va a presentarse fuera de España, se legaliza la traducción en el MAEC.
La legalización de firma
Es un trámite que legaliza la firma de un certificado, es decir, autentifica su validez jurídica. Se suele pedir cuando se desconoce la identidad o la autoridad del firmante, por ejemplo un alcalde de un pueblo pequeño. No es lo mismo que la apostilla ni que la legalización consular.
Legalización ante el MAEC
Es un subtrámite de la legalización consular. Solo es necesario cuando los documentos legalizados en una embajada o un consulado deben surtir efecto fuera de España: después de legalizar los originales, hay que pedir la legalización de la traducción jurada en el Ministerio de Asuntos Exteriores. Con ella se certifica la legitimidad del traductor jurado para traducir con plena validez en el extranjero. Es gratuita si la haces directamente en las oficinas del MAEC en Madrid o a distancia por correo certificado: solo pagas el envío y el retorno. Si no vives en Madrid y no puedes esperar, una gestoría puede cobrar entre 50 y 100 euros.
Dónde acudir en España según el documento
El lugar depende del tipo de documento:
- Documentos notariales (escrituras, poderes, testamentos): el Colegio Notarial de tu provincia o comunidad (por ejemplo, en Madrid, calle Ruiz de Alarcón 3; en Barcelona, Notariat 2-4).
- Certificados del Registro Civil (nacimiento, matrimonio, defunción, libro de familia), certificados de soltería o capacidad matrimonial, fe de vida, antecedentes penales y certificados de últimas voluntades: el Ministerio de Justicia, en su Oficina Central de Atención al Ciudadano o en la Gerencia Territorial de tu ciudad (en Madrid, calle de la Bolsa 8; en Barcelona, calle Garcilaso 123).
- Sentencias y otros documentos judiciales: la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia (en Madrid, calle General Castaños 1; en Barcelona, Passeig Lluís Companys 14-16).
Nuestra recomendación
Para apostillar documentos emitidos en España, lo importante es acudir a la autoridad que corresponde a cada tipo de documento: los Colegios Notariales solo apostillan documentos notariales (muchos notarios hacen el trámite para sus clientes), mientras que los certificados del Registro Civil, los antecedentes penales y las últimas voluntades se apostillan en el Ministerio de Justicia, y las sentencias, en la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. Consulta las tarifas y los plazos vigentes en la web de cada organismo y confirma siempre las direcciones, los teléfonos y la cita previa, que pueden cambiar.
El orden correcto
- Obtén el original.
- Legalízalo (apostilla o legalización consular) en el país que lo emitió.
- Tradúcelo con traductor jurado.
- Si hubo legalización consular y la traducción va a surtir efecto fuera de España, legaliza la traducción en el MAEC.
Preguntas frecuentes
¿Se apostilla la traducción jurada?
No. Se apostilla el documento original antes de traducirlo. La legalización de la traducción solo se pide en la vía consular, ante el MAEC.
¿Cuánto cuesta legalizar?
Apostillar suele ser gratis en organismos públicos y de unos 15 a 30 euros en los colegios notariales. La legalización de la traducción en el MAEC es gratuita si la tramitas tú.
¿Cuánto tarda?
Una apostilla en un colegio notarial suele tardar de 2 a 3 días. Por correo puede tardar una o dos semanas.
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Homologación o equivalencia de título universitarioGrado, máster o doctorado obtenidos fuera de España.
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Información orientativa basada en los requisitos habituales. Los organismos pueden pedir documentos adicionales o cambiar plazos: confirma siempre la lista final en la sede oficial de tu trámite.