En la reagrupación familiar, una persona que reside legalmente en España pide autorización para que su cónyuge o pareja, sus hijos o, en casos concretos, sus ascendientes se reúnan con ella. El expediente combina documentos españoles, que no se traducen, con documentos del país de origen de la familia, que sí hay que traducir y casi siempre apostillar o legalizar.
Lo que casi nunca cambia
- Vínculo familiar. Certificado de matrimonio o de nacimiento de los hijos, y otros documentos de filiación. Se apostillan o legalizan y se traducen con traducción jurada si no están en castellano.
- Antecedentes penales. Los mayores de edad que viajan suelen aportar el certificado de su país y de los países donde hayan residido. Apostilla o legalización, más traducción jurada.
- Documentos del menor. Si el hijo viaja sin uno de sus progenitores, puede exigirse una autorización notarial del otro, con apostilla y traducción.
- Pasaporte. Se presenta en vigor y no se traduce, salvo que esté en un alfabeto que el consulado no pueda leer.
Por qué la lista cambia según el consulado
Aunque el marco normativo es el mismo en toda España, cada consulado aplica sus propias instrucciones. Algunos piden un certificado médico, otros exigen certificados de soltería adicionales, y la forma de legalizar un documento depende de si el país del que procede es parte del Convenio de La Haya. Un documento de Marruecos, de Pakistán o de Egipto no sigue el mismo camino.
Qué parte del expediente es española
Los medios económicos del reagrupante, la vivienda adecuada y su autorización de residencia son documentos españoles. No necesitan apostilla ni traducción. Lo que sí se traduce es lo que llega del extranjero, y es lo que puede retrasar un expediente si no está bien preparado.
Cómo comprobar tu caso en minutos
Hemos creado un asistente gratuito donde eliges tu país y el trámite, y te devuelve la lista de documentos con la indicación de cuáles necesitan apostilla o legalización y cuáles traducción jurada:
- Asistente de trámites: reagrupación familiar
- Guía de reagrupación familiar
- Reagrupación familiar desde Marruecos (hay una página por cada país principal)
Cuando tengas tu lista, pide presupuesto con los documentos que ya tienes. Te decimos precio y plazo en menos de una hora.
Errores frecuentes
- Traducir antes de apostillar: la traducción debe incluir la apostilla.
- Presentar certificados antiguos cuando el consulado pide uno reciente.
- No coordinar los nombres: deben coincidir en todos los documentos con el pasaporte.
- Dejar los documentos de los hijos para el final.
Preguntas frecuentes
¿Los documentos españoles del reagrupante se traducen?
No. Los certificados españoles no necesitan apostilla ni traducción. Solo los documentos extranjeros.
¿Hay una lista oficial única?
No. La normativa es común, pero cada consulado concreta qué documentos pide. Confirma siempre en el consulado donde presentas el visado.
¿Cuánto cuesta traducir los documentos de una familia?
Desde 35 € + IVA por documento. Si son varios, pídenos un presupuesto conjunto.
¿Tienes un documento que traducir? Pide presupuesto gratuito y te respondemos en menos de una hora.