Divorcio y sentencias extranjeras
Para que un divorcio obtenido en otro país surta efectos en España, hay que acreditar la sentencia y que es firme. Según el país y el tipo de resolución, puede bastar con inscribirla en el Registro Civil o hacer falta un procedimiento de reconocimiento ante un juzgado.
Todos los documentos, desde la sentencia hasta el certificado de firmeza y el convenio regulador, deben apostillarse y traducirse con traducción jurada. Presentarlos completos desde el principio evita requerimientos que retrasan el trámite.
Necesitas la sentencia con certificado de firmeza, apostillada y traducida, y tu certificado de matrimonio anterior.
El convenio regulador se traduce junto con la sentencia.
Consulta en el Registro Civil o con un abogado: depende del país y de la resolución.
Ejemplos orientativos: cada caso es distinto. Confirma los requisitos con el organismo competente.
- Dos vías: según el país y el tipo de resolución, puede bastar inscribirla en el Registro Civil o hacer falta un procedimiento de reconocimiento ante un juzgado.
- Qué piden siempre: la sentencia o resolución, la prueba de que es firme y el certificado de matrimonio.
Elige tu país
Cada país emite documentos con nombres y requisitos distintos. Elige el tuyo para ver tu checklist: qué documentos reunir, cuáles se apostillan y cuáles se traducen.
Documentos que suelen pedirse
- Sentencia o resolución de divorcio.
- Certificado de firmeza de la sentencia.
- Certificado de matrimonio.
- Certificados de nacimiento de los hijos (si los hay).
- Convenio regulador (si existe). Se traduce junto a la sentencia.
- Pasaporte o documento de identidad. Copia.
- Consulta con un abogado si necesitas el reconocimiento judicial: el Registro Civil te dirá cuál es tu caso.
- Pide la sentencia con certificado de firmeza desde el principio: es lo que más retrasa el trámite.
Cómo se tramita, paso a paso
- Pide la sentencia de divorcio y su certificado de firmeza.
- Reúne el certificado de matrimonio y los de nacimiento de los hijos.
- Apostilla y traduce los documentos.
- Consulta en el Registro Civil si basta con la inscripción.
- Si no basta, inicia el procedimiento de reconocimiento ante un juzgado.
Errores que conviene evitar
- Presentar la sentencia sin certificado de firmeza.
- Traducir el convenio regulador por separado, sin la sentencia.
- No consultar si hace falta reconocimiento judicial.
Preguntas frecuentes
¿Hace falta reconocimiento judicial?
Depende del país y del tipo de resolución. A veces basta la inscripción en el Registro Civil y otras hay que acudir a un juzgado.
¿Qué es el certificado de firmeza?
Es el documento que prueba que la sentencia ya no se puede recurrir.
¿Qué es una traducción jurada?
Es una traducción con validez oficial, firmada y sellada por un traductor jurado. Es la que piden los organismos públicos, los consulados y las universidades cuando un documento no está en castellano.
¿Quién puede hacer una traducción jurada en España?
Solo un traductor-intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Una traducción de un traductor no jurado o una traducción automática no tienen validez oficial.
¿Hay que apostillar la traducción jurada?
No. Lo que se apostilla es el documento original, antes de traducirlo. La apostilla se traduce junto con el documento.
¿Cómo puedo recibir la traducción jurada?
En formato digital o en papel, según lo que acepte el organismo ante el que la vas a presentar. Pregúntales qué versión admiten.
¿Cuánto cuesta una traducción jurada?
Depende del idioma, del tipo de documento y de su extensión. Envíanos tu documento por WhatsApp o por email y te respondemos en menos de una hora con el coste y el plazo.
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