Registro de ciudadano de la UE en España: certificado de registro, formulario EX-18 y requisitos
Los ciudadanos de la UE no necesitan visado ni permiso de trabajo para vivir en España, pero si van a quedarse más de tres meses deben registrarse. El resultado es el certificado de registro de ciudadano de la UE. Aquí tienes qué hay que acreditar y cómo se tramita.
Última actualización: octubre de 2026
Cuándo hay que registrarse
Si piensas residir en España más de tres meses debes inscribirte en el Registro Central de Extranjeros y obtener el certificado de registro. Hasta entonces puedes permanecer sin trámite. El documento certifica tu derecho de residencia y tu número de NIE.
Qué hay que acreditar
Debes demostrar que te encuentras en una de estas situaciones:
- Trabajas por cuenta ajena en España.
- Trabajas por cuenta propia.
- Estudias, con seguro médico y recursos suficientes.
- Tienes recursos suficientes y seguro médico, sin trabajar.
Documentos y formulario
- Pasaporte o documento de identidad en vigor.
- Formulario EX-18.
- Justificante del pago de la tasa (modelo 790, código 012: 12 €).
- Documento que acredite tu situación: contrato, alta de autónomo, matrícula o prueba de recursos.
- Seguro médico cuando proceda.
- Certificado de empadronamiento.
Documentos extranjeros: apostilla y traducción
Entre países de la UE, el Reglamento (UE) 2016/1191 simplifica o suprime la apostilla de muchos documentos públicos, como nacimiento, matrimonio o antecedentes penales. Aun así, si el documento no está en castellano, puede exigirse una traducción: pregunta a la oficina. Para documentos no públicos, como un contrato de trabajo extranjero, se pide traducción jurada.
Familiares de fuera de la UE
Los familiares que no sean ciudadanos de la UE no obtienen el certificado de registro, sino la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Hay que acreditar el vínculo (matrimonio, pareja registrada, filiación) con documentos legalizados o apostillados y traducidos.
Después del registro
Con el registro puedes tramitar el empadronamiento, abrir cuenta bancaria y acceder a la sanidad pública si cumples las condiciones. A los cinco años de residencia continuada puedes obtener la residencia permanente.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta el certificado de registro de la UE?
12 euros, con el modelo 790 código 012.
¿Hace falta cita previa?
Sí, en la mayoría de oficinas se pide cita en la sede de la Policía o la Oficina de Extranjería.
¿Puedo vivir en España como ciudadano de la UE sin trabajar?
Sí, si tienes recursos suficientes y seguro médico que cubra todos los riesgos.
¿Quién es familiar a efectos del registro?
Cónyuge o pareja registrada, descendientes y, en ciertos casos, ascendientes a cargo.
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