NIE y TIE (número y tarjeta de extranjero)
El NIE es el número de identificación que necesitas en España para casi cualquier gestión fiscal, laboral o bancaria, y la TIE es la tarjeta física que acredita que resides legalmente. Son cosas distintas: puedes tener NIE sin residir, pero la TIE se pide al conceder una autorización de residencia.
Los documentos que justifican tu solicitud, como un contrato, una resolución o una escritura, deben presentarse en castellano; si no lo están, se aportan con traducción jurada. Pide cita con tiempo y no dejes pasar el plazo de un mes para solicitar la TIE.
Solicita solo el NIE con el formulario EX-15 y aporta la documentación que justifique el motivo.
Pide cita para las huellas y solicita la TIE en el plazo de un mes.
Aporta el contrato con traducción jurada si te lo exigen.
Ejemplos orientativos: cada caso es distinto. Confirma los requisitos con el organismo competente.
- NIE para no residentes: se pide con el formulario EX-15 y sirve para trámites fiscales, bancarios o para comprar una vivienda.
- TIE: es la tarjeta física de residencia. Se solicita con el formulario EX-17 en el plazo de un mes desde la concesión de tu autorización, con cita previa para la toma de huellas.
- Tasa: modelo 790, código 012. El importe lo indica la sede de Extranjería.
Elige tu país
Cada país emite documentos con nombres y requisitos distintos. Elige el tuyo para ver tu checklist: qué documentos reunir, cuáles se apostillan y cuáles se traducen.
Documentos que suelen pedirse
- Pasaporte completo en vigor. Original y copia.
- Formulario EX-15 (NIE) o EX-17 (TIE). Descárgalo en la sede de Extranjería.
- Justificante de pago de la tasa 790-012.
- Documento que acredite el motivo de la solicitud. Resolución de la autorización, contrato, escritura de compra, etc. Si no está en castellano, traducción jurada.
- Fotografía reciente en color. Tamaño carné y fondo claro.
- Pide la cita para las huellas en cuanto te concedan la autorización: el plazo para solicitar la TIE es de un mes.
- El NIE y la TIE no son lo mismo: el NIE es el número, y la TIE es la tarjeta que acredita tu residencia.
Cómo se tramita, paso a paso
- Decide si necesitas solo el NIE o también la tarjeta TIE.
- Descarga el formulario EX-15 o EX-17.
- Paga la tasa 790-012.
- Pide cita previa en la oficina de Extranjería o la comisaría que te corresponda.
- Acude con el pasaporte, el formulario, la tasa y los documentos del motivo.
Errores que conviene evitar
- Pedir la TIE fuera del plazo de un mes desde la concesión.
- No llevar el justificante de la tasa.
- Aportar documentos del motivo sin traducción jurada.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre NIE y TIE?
El NIE es el número de identificación. La TIE es la tarjeta física que acredita tu residencia en España.
¿Necesito traducción jurada para el NIE?
Solo para los documentos que justifican tu solicitud, si no están en castellano.
¿Qué es una traducción jurada?
Es una traducción con validez oficial, firmada y sellada por un traductor jurado. Es la que piden los organismos públicos, los consulados y las universidades cuando un documento no está en castellano.
¿Quién puede hacer una traducción jurada en España?
Solo un traductor-intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Una traducción de un traductor no jurado o una traducción automática no tienen validez oficial.
¿Hay que apostillar la traducción jurada?
No. Lo que se apostilla es el documento original, antes de traducirlo. La apostilla se traduce junto con el documento.
¿Cómo puedo recibir la traducción jurada?
En formato digital o en papel, según lo que acepte el organismo ante el que la vas a presentar. Pregúntales qué versión admiten.
¿Cuánto cuesta una traducción jurada?
Depende del idioma, del tipo de documento y de su extensión. Envíanos tu documento por WhatsApp o por email y te respondemos en menos de una hora con el coste y el plazo.
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