Residencia no lucrativa (visado para vivir sin trabajar)
La residencia no lucrativa es la vía para quien quiere vivir en España sin trabajar: jubilados, rentistas o personas con ahorros. Se pide en el consulado, y el expediente gira alrededor de los medios económicos y de unos documentos extranjeros que deben estar perfectos.
Casi todos los documentos personales vienen de tu país de origen: antecedentes penales, certificado médico, estado civil. Deben apostillarse o legalizarse y traducirse con traducción jurada, y el orden en que los pides marca la diferencia entre presentar a tiempo o repetirlos.
Acreditas tu pensión con un certificado, lo traduces con traducción jurada si no está en castellano y añades el seguro médico privado.
Suma 600 € al mes a los 2.400 € del titular y aporta el certificado de matrimonio apostillado y traducido.
Pídelos de nuevo y apostíllalos justo antes de presentar el expediente.
Ejemplos orientativos: cada caso es distinto. Confirma los requisitos con el organismo competente.
Para quién: personas de fuera de la UE que quieren vivir en España sin trabajar y pueden demostrar medios económicos suficientes.
Medios económicos 2026: 400 % del IPREM (2.400 € al mes) para el titular y 100 % (600 € al mes) por cada familiar.
Dónde se pide: siempre en el consulado de España del país donde resides. No puede iniciarse desde España.
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Elige tu país
Cada país emite documentos con nombres y requisitos distintos. Elige el tuyo para ver tu checklist: qué documentos reunir, cuáles se apostillan y cuáles se traducen.
Documentos que suelen pedirse
- Pasaporte completo en vigor. Copia de todas las páginas.Sin apostilla ni traducción
- Formulario de solicitud de visado nacional. Lo facilita el consulado en su web.Sin apostilla ni traducción
- Certificado de antecedentes penales de tu país. Y de los países donde hayas residido los últimos años. Los consulados lo piden reciente: pídelo al final.Apostilla Traducción jurada
- Certificado médico. Con el formato que pida tu consulado.Apostilla Traducción jurada
- Prueba de medios económicos. Extractos, certificado de pensión o inversiones. Si no están en castellano, traducción jurada. Pregunta si piden apostilla.Traducción jurada
- Seguro médico privado con cobertura en España. Sin copagos ni carencias.Sin apostilla ni traducción
- Certificados de matrimonio y de nacimiento de los hijos. Solo si viajan familiares contigo. Si se emitieron en España, no se apostillan ni se traducen.Apostilla Traducción jurada
- Justificante de alojamiento en España. Algunos consulados piden contrato de alquiler o escritura.Sin apostilla ni traducción
- Fotografía y justificante de la tasa consular. Sin apostilla ni traducción
- Tasa consular del visado: Varía según el consulado. Se paga en el consulado, a veces en moneda local.
- Tasa 790 código 012 (TIE): Importe en el formulario. Se paga al solicitar la tarjeta, ya en España.
- Seguro médico privado: Presupuesto de la aseguradora. Debe cubrir todos los riesgos durante la estancia.
- Traducción jurada y apostillas: Presupuesto aparte. Depende del número de documentos y páginas.
- Calcula tus ingresos con las cifras de 2026, no con las de años anteriores: usa la calculadora de medios económicos.
- Los antecedentes penales y el certificado médico caducan pronto: apostíllalos y tradúcelos justo antes de presentar.
- La no lucrativa no permite trabajar. Para teletrabajar para empresas extranjeras, mira el visado de nómada digital.
Cómo se tramita, paso a paso
- Comprueba la lista de documentos y la cita en la web de tu consulado.
- Reúne los medios económicos y contrata el seguro médico.
- Pide al final los antecedentes penales y el certificado médico.
- Apostilla o legaliza los documentos y tradúcelos con traductor jurado.
- Presenta la solicitud en el consulado.
- Viaja a España dentro de la vigencia del visado y pide la TIE en el primer mes.
Errores que conviene evitar
- Intentar iniciar el trámite desde España.
- Dejar caducar los antecedentes penales.
- Presentar documentos en otro idioma sin traducción jurada.
- Usar el seguro equivocado, con copagos o carencias.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto hay que acreditar en 2026?
2.400 € al mes para el titular y 600 € más por cada familiar, según las cifras que publican los consulados.
¿Se puede trabajar con este permiso?
No. Es una autorización para residir sin trabajar.
¿Qué es una traducción jurada?
Es una traducción con validez oficial, firmada y sellada por un traductor jurado. Es la que piden los organismos públicos, los consulados y las universidades cuando un documento no está en castellano.
¿Quién puede hacer una traducción jurada en España?
Solo un traductor-intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Una traducción de un traductor no jurado o una traducción automática no tienen validez oficial.
¿Hay que apostillar la traducción jurada?
No. Lo que se apostilla es el documento original, antes de traducirlo. La apostilla se traduce junto con el documento.
¿Cuánto cuesta una traducción jurada?
Depende del idioma, del tipo de documento y de su extensión. Envíanos tu documento por WhatsApp o por email y te respondemos en menos de una hora con el coste y el plazo.
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Información orientativa basada en los requisitos habituales. Los organismos pueden pedir documentos adicionales o cambiar plazos: confirma siempre la lista final en la sede oficial de tu trámite.